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Media sanción al proyecto de ley de prisión preventiva


Durante la sesión de hoy, la Cámara de Senadores aprobó la propuesta del Poder Ejecutivo de modificación del Código Procesal Penal. La medida recibió 35 votos a favor y 2 en contra y ahora será tratada por la Cámara de Diputados.

La iniciativa aprobada propone modernizar la forma en que se decide quiénes deben estar en situación de encierro, protegiendo a la sociedad de los probables autores de hechos delictivos graves. Los principios legales, las necesidades sociales y la importancia de administrar justicia en tiempo y forma.

Durante el debate, el miembro informante del proyecto fue el legislador Miguel Bondino (UCR), quien fundamentó los alcances de esta propuesta del Ejecutivo. “Debemos destacar que ha sido tratado con despacho favorable por mayoría en la Comisión de Asuntos Constitucionales. Fue largamente debatido y todos los legisladores han tenido la oportunidad de escuchar a los miembros del gabinete, hasta el ministro de Seguridad”, dijo. En tanto, Reche (UCR) explicó los alcances jurídicos de la propuesta en cuestión.

Por otra parte, Patricia Fadel (FPV-PJ) mostró su descontento por la iniciativa de prisiones preventivas: “Todos queremos vivir mejor y en armonía, me hubiera gustado que fuese un proyecto de consenso, donde trabajáramos todos juntos. Lamentablemente esto no fue así, representa un compromiso y le da una impronta diferente. Se está pensando una política de seguridad con los hechos consumados y no de prevención”, aseveró.

En otro tramo del debate, María José Ubaldini (FPV-PJ) y Luis Böhm (FPV-PJ) votaron a favor en general y se manifestaron en disidencia durante la votación en particular.

Noelia Barbeito (FIT) calificó el proyecto de “demagógico”.  “Cada gobierno cuando ingresa intenta dar respuesta a corto plazo y necesita de políticas más profundas, con la creación de más prisiones no se soluciona el problema. No vamos a acompañar un proyecto que lo único que hace es provocar mayor hacinamiento de las cárceles. Aprobándose esta norma no se solucionarían los problemas de inseguridad ni se arreglarían los problemas de las puertas giratorias”, comentó.

Por su parte, Guillermo Amstutz (UP) adelantó su voto positivo a esta iniciativa. “Le estamos dando un mal ejemplo a la ciudadanía porque le transmitimos que da lo mismo trabajar en un taller, que trabajar vendiendo droga. Considero que hay algunos puntos débiles pero sostengo que debemos darles a los mendocinos esta ley. Con este proyecto vamos a tener un permanente juicio crítico”, enfatizó.

En tanto, el senador Juan Carlos Jaliff (UCR) aseguró que el proyecto “es un cambio profundo en cuanto a la legislación penal y es una herramienta para los jueces y para la justicia y no para el Gobernador”.

“No estamos tratando leyes inconstitucionales, ya que el proyecto habla de la libertad provisoria, cuando no exista reiterancia. Con este proyecto, se transforma el sistema procesal en la provincia y esto va a provocar una mayor eficiencia en el accionar de la Justicia de Mendoza.  Esto va a servir para terminar con este flagelo que no empezó con Cornejo”, dijo Jaliff.

Además, Jaliff propuso realizar una modificación en el Inciso 4, sobre la etapa del juicio por la Cámara del Crimen hasta completar un plazo máximo de privación de la libertad en las causas de tres años. No obstante los plazos, el Ministerio Público Fiscal o el querellante particular podrán oponerse a la libertad de imputado con la finalidad de iniciar el debate dentro del término previsto en el párrafo 1 del artículo 371 y/o concluir el iniciado, fundado en la especial gravedad del delito o delitos atribuidos, o cuando concurre alguna de las circunstancias previstas en el inciso 3 del artículo 293 o cuando existieren articulaciones manifiestamente dilatorias de parte de la defensa.

Asistieron a la sesión el ministro de Seguridad, Gianni Venier, y el subsecretario de Justicia y Relaciones Institucionales del Ministerio de Gobierno, Marcelo D¡Agostino, como representantes del Poder Ejecutivo.

 

 

Detalles del proyecto

Hay muchos casos delictivos, de mediana gravedad en adelante, en los que los sospechosos están libres, mientras los imputados por delitos menores a veces permanecen encerrados en la penitenciaria. Esta tendencia es la que obliga a revisar quiénes deben estar en situación de encierro, para garantizar la paz social, y recibir un tratamiento igualitario y justo en cuanto a la aplicación de la ley.

Uno de los pilares de la actualización del Código apunta a mantener aislados de la sociedad a quienes son probables autores de hechos delictivos graves. El Código Procesal Penal es un protocolo de procedimiento ante un delito y define la forma de investigarlo y juzgarlo. El problema es que hoy la aplicación del Código, específicamente en la prisión preventiva, no resulta objetiva.

El fiscal está más dedicado a investigar si el imputado se someterá al proceso que a investigar el delito y si es el autor del hecho. Y el juez debe analizar en cada caso si existe o no peligro procesal, es decir, si el imputado se va a someter o no a un proceso judicial. Y esta situación es subjetiva y da lugar, por ejemplo, a que un homicida esté en libertad mientras el autor de un robo simple se encuentra detenido.

El nuevo Código será una herramienta respecto a la seguridad y a la Justicia, con una serie de puntos positivos. Junto a la audiencia oral con la participación de la víctima y entre otras innovaciones, en términos pragmáticos, si el proyecto se aprueba se dará respuesta a un reclamo social conocido popularmente como “puerta giratoria”. Es decir, quienes son detenidos como sospechosos de un delito son detenidos pero salen al poco tiempo. Habrá más control sobre los delincuentes y plazos que deberá cumplir la Justicia.

Entre los aspectos positivos y con mayor consenso se destacan la oralidad del procedimiento. Se trata de una audiencia oral donde se ponen en contacto todas las partes, incluida la víctima, lo que le da “sensibilidad” al proceso judicial. Hoy se realiza por escrito, es más lento, despersonalizado y burocrático.

Otro de los ejes son los nuevos límites respecto en los casos de flagrancia con la prisión preventiva y con respecto a la Corte. La flagrancia, que debería ser un proceso breve, demora muchos meses y con la reforma estará restringido a sólo tres meses, mientras que en la Corte deberá durar como máximo seis meses. Actualmente, hay causas que duran más de dos años en esta instancia judicial.