Estado de las rutas y del tiempo en Mendoza

Día Internacional contra la explotación sexual y la trata de personas


La Dirección de Derechos Humanos, dependiente del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, conmemora hoy, 23 de septiembre, la aprobación en nuestro país de la Ley N° 9.143, primera a nivel mundial en pronunciarse contra la trata de personas con fines de explotación sexual.

Creada en el año 1913  -conocida también como “La Ley Palacios”, al ser redactada por Alfredo Lorenzo Palacios, primer diputado nacional socialista de América Latina-  su reglamentación marcó la visibilización de una de las luchas más resonantes de la historia contra la esclavización de mujeres, niños y niñas para el ejercicio forzado de la prostitución.

A 103 años de su aprobación, se necesitó de la comprensión de estos hechos, considerados como un grave delito que comporta el avasallamiento de los derechos humanos de las víctimas y una de las formas más extremas de la violencia de género, para avanzar en su incorporación a la agenda política argentina.

Por otra parte, la ley 26.842, promulgada el 27 de diciembre de 2012, entiende por Trata de Personas, el ofrecimiento, la captación, el traslado, la recepción o acogida de personas con fines de explotación, ya sea dentro del territorio nacional, como desde o hacia otros países.

A los fines de esta ley se entiende por explotación, “cuando se redujere a una persona en condición de esclavitud o servidumbre, cuando se obligare a realizar trabajos o servicios forzados, la promoción y comercialización de cualquier forma de servicio sexual ajeno”, entre otras figuras.

Forma de explotación coercitiva

Un gran acierto de esta ley es la eliminación de la necesidad de demostrarla existencia del delito de trata de personas incluso en el caso de las víctimas mayores de edad, ya que supone considerar que algunas formas de explotación son coercitivas por su propia naturaleza.

Toda defensa o alegación del consentimiento por parte de la víctima carece así de valor. La reforma contempla al abuso de la situación de la vulnerabilidad como un agravante, a fin de aplicar penas más elevadas a los delincuentes, puesto que los tratantes conocen cabalmente la situación en la que se encuentran sus futuras víctimas.

A más de un siglo de la sanción de la ley de Palacios, el flagelo de la trata sigue vigente y después del tráfico de drogas y armas, es el negocio transnacional que genera mayores dividendos.

Quienes caen en las redes de los tratantes pueden enfrentar: explotación sexual, distintas formas de trabajo esclavo y mendicidad forzada, perdiendo de esta manera los derechos básicos de cualquier ser humano, como la libertad, la seguridad y el derecho a vivir sin ser objeto de violencias.

Además, en relación a esta fecha, desde la Dirección de Género y Diversidad se desarrolla este tema en el Foro de Equidad con la consigna “Lenguaje no sexista en la comunicación de la trata de personas”, llevado  a cabo en el departamento de Rivadavia.

Línea 145: decile NO a la Trata

Con el objetivo de reforzar las medidas contra este flagelo, en 2008 se promulgó la Ley N° 26.364 para la prevención, sanción de la trata de personas y asistencia a sus víctimas. Además, a partir de 2012, se endurecieron las penas para los integrantes de las redes de trata; se dejó de lado la figura del “consentimiento” y se creó el Consejo Federal para la Lucha contra la Trata de Personas, para asistir y garantizar los derechos de las víctimas.

En este marco, se crea la Línea 145 para hacer frente a esta forma extrema de violencia de género, una línea gratuita donde informarse y realizar denuncias.