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Economía informó sobre las modificaciones al programa Precios Transparentes


El Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía, a través de la Dirección de Fiscalización y Control, informa sobre las modificaciones propuestas en el marco del programa Precios Transparentes. La Resolución 240/17, publicada el 28 de marzo en el Boletín Oficial, incorpora modificaciones que simplifican la información que los comerciantes deben exhibir en sus negocios:
1. Cuando los precios se exhiban financiados, el comerciante deberá indicar el precio de contado, el anticipo si lo hubiere y la cantidad y monto de cada una de las cuotas. Sólo para los casos de comercio electrónico y de las publicidades en medios masivos, deberá agregarse el costo financiero total (CFT) de cada alternativa de financiación.
2.  En los casos en que los comercios y/o las entidades financieras absorban totalmente el costo de financiación, podrá utilizarse la expresión “sin interés”. Por lo tanto, la nueva disposición simplifica, en especial para los pequeños comercios, la manera de presentar precios. A partir de ahora, no tendrán la obligación de calcular y exhibir el CFT cuando se trate de una compra financiada. Sin embargo, para el caso de las publicidades masivas o comercios on-line, se mantiene el requisito.
3. Se habilita también, a partir de estas modificaciones, a que cada comercio decida en función de su estrategia de comercialización absorber costos y así comunicarlo. Por lo tanto, los comercios podrán informar “sin interés” cuando el costo de financiación sea asumido por ellos o la entidad financiera.
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