Suspenden provisoriamente la habilitación del casino Cóndor de los Andes
1- Falta de pago de Impuestos provinciales según deuda verificada en el concurso:
-Impuesto Inmobiliario con privilegio especial por la suma de $ 2.459.464,15.
-Impuesto IIBB, bajo condición resolutoria, por la suma de $ 22.741.251,37, admitiéndose bajo la misma condición los intereses.
-Tasa de Justicia $86.321,10, bajo condición resolutoria.
-Tasa de Fiscalización Casino $1.544.295,52, bajo condición resolutoria e intereses bajo la misma condición.
-Impuesto Solidario Educativo $2.834.520, bajo condición resolutoria e intereses bajo la misma condición.
-Las multas insinuadas se admiten bajo condición suspensiva.
2- Estar en concurso preventivo de quiebra conforme proceso llevado adelante en los autos N| 1.017.264 caratulados “K.L.P. Emprendimientos Sociedad Anónima p/megaconcurso”.
Marco legal
Los permisos de juego existentes en Mendoza se encuentran sometidos al contralor del Instituto Provincial de Juegos y Casinos, que dicta el marco normativo bajo el cual se deben regir los casinos privados.
Así, las Resoluciones 225/01 y 731/05, que estatuyen el “Reglamento General de Casinos”, permiten que el instituto pueda ejercer su función de contralor y fiscalización sobre todas las salas de juego de la provincia instaladas y a instalarse.
El funcionamiento de salas de juego es una actividad reglada y establece condiciones y exigencias en cuanto a la habilitación y a su funcionamiento, ya que el Estado es quien concentra el monopolio del juego, regula y otorga la autorización a los privados para explotar un casino en el marco de un régimen de carácter excepcional y restrictivo.